Actualmente
las Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y
Turismo en México, se rigen por la Ley de Cámaras Empresariales
y sus Confederaciones publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 20 de diciembre de 1996, y que entro en vigor a
partir del 1ro. de enero de 1997.
En esta Ley se consideran dos aspectos importantes que
comentamos brevemente, por una parte la afiliación de las
empresas a las Cámaras, se libera como un acto voluntario, sus
derechos y obligaciones ante su cámara son los siguientes:
I.- Participar en las sesiones de la asamblea general, por sí o
a
través de su representante.
II.- Votar por si ó a través de su representante y poder
ser electo
miembro del consejo directivo, así como para desempeñar
otros
cargos directivos y de representación.
III.- Recibir los servicios señalados en los estatutos.
IV.- Someter a consideración de los órganos de su cámara
los
actos u omisiones que en su concepto sean contrarios a los
estatutos respectivos.
V.- Contribuir al sostenimiento de su cámara.
VI.- Cumplir con las resoluciones de la asamblea general y demás
órganos, adoptadas conforme a esta ley, su reglamento y los
estatutos.
VII.- Los que establezca el reglamento de esta ley o los estatutos.
El otro aspecto que contempla esta ley, es el registro obligatorio
de las empresas y sus sucursales al Sistema de Información
Empresarial Mexicano que esta a cargo de la Secretaría de
Comercio y Fomento Industrial, como un instrumento de
planeación del Estado; de información, orientación
y consulta para
el diseño y aplicación de programas enfocados principalmente
al
establecimiento y operación de las empresas, eliminando los
obstáculos para crecimiento del sector productivo y estableciendo
canales de comunicación modernos y eficaces.
El registro o actualización al Sistema deberá realizarse
en el
primer bimestre de cada año, en el caso de las empresas de
nueva creación el plazo para presentar esta información
es dentro
de los dos meses siguientes a la fecha de su constitución.
Para la eficaz operación del Sistema de Información Empresarial
Mexicano, la Secretaría autorizó a las cámaras y
confederaciones
que así lo soliciten y cuenten con los recursos materiales,
humanos y técnicos necesarios, para que en el ámbito de
su
circunscripción, actividad, giro y región capten la información
de
las empresas.
La Secretaría establece las reglas para la operación del
sistema,
así como para el uso de la información. Las dependencias
de la
administración pública federal, estatal, municipal y el
público en
general podrán en cualquier momento consultar el Sistema.
|